La ley
argentina tutela la fotografía como obra. Se
concibe ésta como una manifestación
de la actividad humana por la que se expresa una visión
personal que interpreta lo real o imaginado y, en
el caso de la fotografía, utilizando como recurso
la luz.
Esto equivale a decir que el derecho vigente en la
Argentina sólo exige para proteger la obra
fotográfica que esta sea original, o sea que
resulte de la inventiva de su autor. De esta manera,
la fotografía debe tener algo de individual
y propio del fotógrafo, aunque sea mínimo,
para gozar de la protección legal.
La originalidad que la ley reclama no necesita ser
absoluta, como lo han precisado la mayoría
de los fallos judiciales. Tampoco, la originalidad
depende del motivo elegido para la obra, ya que la
particularidad de la obra va a estar dada por la impronta
del fotógrafo en la obra. Por consiguiente,
la obra fotográfica puede ser original aunque
se utilicen elementos existentes y el derecho argentino
sólo requiere que no haya copia o imitación
de otra.
No tendrá tutela legal la obra fotográfica
sólo cuando la persona que toma la fotografía
no ejerce influencia alguna sobre la composición,
la luz, el encuadre y demás elemento de la
imagen, por ejemplo en el caso de la llamada “fotografía
carné”.
De esta manera podemos afirmar inicialmente que todas
las fotografías tienen elementos originales
y por lo tanto son susceptibles de protección,
independientemente de su valor artístico o
documental
Toda fotografía, afirma Susan Sontag, “tiene
múltiples significados; en efecto, ver algo
en forma de fotografía es estar ante un objeto
de potencial fascinación. La sabiduría
esencial de la imagen fotográfica afirma: Esa
es la superficie. Ahora piensen- o más bien
sientan, intuya, que hay más allá, como
debe ser la realidad si ésta es su apariencia”.
Precisamente, cuando la fotografía nos invita
a estas acciones: pensar, sentir, intuir, estamos
ante una obra fotográfica original y por lo
tanto protegida por la ley.
Dra.
Ana María Saucedo
Integrante del Instituto de Derecho
de Autor y Filosofía del Derecho de la
Universidad Notarial Argentina
Docente de Etica y Legislación del
Instituto de Arte Fotográfico y Técnicas
Audiovisuales de Avellaneda
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